No le tenga miedo a las reformas al RPH en su propiedad, deje atrás los mitos y paradigmas que existen sobre este tema tan importante y delicado que por el temor, la inseguridad y la desconfianza en las habilidades y competencias de administradores(as) y consejeros(as), que siempre terminan dejando para otro día decisiones tan importantes como las reformas necesarias y permanentes que requiere la propiedad horizontal y que permitirían generar resultados mucho mas favorables y reflejarse en crecimiento y desarrollo de los territorios y comunidades en cada propiedad.
Intente un ejercicio de ingeniería inversa y entérese que la ley 675/2001 menciona en 34 ocasiones la palabra reglamento y en 20 ocasiones hace mención al concepto reglamento de propiedad horizontal, esto significa y demuestra la importancia que tiene este documento para la propiedad y porque en muchas ocasiones se hace referencia a la carta de navegación o hoja de ruta que tienen los inmuebles que se rigen por la ley 675 y no se equivocan quienes así lo entienden.
Es común ver que este documento tiene unas fechas de elaboración que datan de décadas y en otros casos se igualan con la edad de la ley que lleva 19 años y se agrava el tema cuando en muchos casos, se observa que este documento tan sensible e importante para ejercer una buena administración por parte de los órganos de dirección, administración y control, se asemejan en un alto porcentaje a los textos de la ley y se convierten en una copia literal de esta y no permiten una correcta aplicación; pues, la flexibilidad de la ley y su libertad para hacer una interpretación propia, sin desconocer las normas y principios superiores, permiten construir los RPH de acuerdo con las características y necesidades de cada propiedad.
Es hora de entender y aprovechar esta ventaja, para tener una industria mucho mas desarrollada y adaptada a los cambios de la humanidad y a la vez tener propiedades mucho mas fortalecidas y preparadas para enfrentar todos los retos y desafíos que se tienen al interior de cada inmueble.
Es la hora de derrotar mitos y paradigmas y aprovechar la oportunidad que nos brindan las crisis y decidir hacer el plan de trabajo que permita estudiar, analizar y estructurar un nuevo RPH, sin temores al costo y plazos que no se puedan cumplir para someterlos a la socialización y aprobación correspondientes, donde se practique de manera seria, responsable y permanente la cultura colaborativa y la participación democrática con una buena dosis de ingeniería inversa y llegar a grandes decisiones de la propiedad, como es la construcción colectiva de la carta de navegación (RPH) que a su vez puede ser la base para estructurar un plan estratégico que marque los destinos y los tiempos en que se deben transitar los caminos para llegar a los objetivos que se señalen.
Olvídese de los costos y de las consultas especializadas que producen barreras y costos adicionales en que los que no se necesita incurrir.
Remítase a la ley notarial y confirme que las reformas a los RPH se consideran actos sin cuantía y por lo tanto este punto no debe constituirse en un obstáculo para decidir llevar a cabo cualquier proyecto de reforma.
Entienda que esta crisis económica y sanitaria esta obligando a una revisión profunda y detallada de los RPH y a encontrar su mejor versión, adaptada y alineada con las tendencias y cambios que se están observando, que como ejemplo, podemos mencionar las asambleas virtuales, como una los metodologías y técnicas de reunión que han traído grandes beneficios y ventajas para las propiedades, sus comunidades y sus miembros y deben tener una nieva reglamentación que debe ser consignada en los nuevos RPH.
Adopte una actitud creativa e innovadora y tenga en cuenta que puede proceder a recomendar reformas al RPH, ya que solo procede el tramite de escrituración de una reforma, cuando este sufra modificaciones en sus áreas y coeficientes de las unidades privadas y zonas comunes.
La socialización y aprobación por parte de la asamblea son un mandato de ley de obligatoria aplicación y cumplimiento y con este acto es suficiente para darle carácter oficial al RPH y de esta forma mantener actualizada y adaptada su carta de navegación y asegurar su llegada a los destinos que se definan.
Para asegurar su confianza en la adopción de esta posición, consulte la Resolución de tarifas notariales No. 001299 de febrero 1 de 2020 (capitulo VI, articulo 36, Actos sin cuantía).
Las reformas que no alteren sus áreas y coeficientes no requieren notaria y registro y por lo tanto no se incurre en ningún costo.
No obstante lo anterior; cada propiedad esta en libertad de protocolizar si lo considera necesario y conveniente, según lo que se encuentre reglamentado en su RPH vigente o la determinación de la asamblea cuando se someta aprobación la reforma.